Estudio inicial gratuito
Analizamos tu caso sin compromiso para verificar si cumples los requisitos y determinar cuál es la vía más adecuada: liquidación o plan de pagos.
Mediante este mecanismo, se puede obtener la EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho), es decir, la cancelación total o parcial de las deudas que no se han podido abonar.
Su objetivo es claro: ofrecer una segunda oportunidad real, liberando al deudor de la presión económica y permitiéndole reconstruir su vida sin cargas del pasado.
Pueden beneficiarse de la EPI las personas que cumplan las siguientes condiciones:
Analizamos tu caso sin compromiso para verificar si cumples los requisitos y determinar cuál es la vía más adecuada: liquidación o plan de pagos.
Reunimos toda la documentación necesaria (listado de deudas, contratos, ingresos, bienes, etc.) y elaboramos la solicitud para presentar ante el juzgado.
Nuestro equipo jurídico presenta la petición ante el juzgado mercantil correspondiente y solicita la suspensión de embargos y ejecuciones mientras se resuelve el proceso.
Una vez el juez concede la EPI, tus deudas quedan legalmente canceladas o reestructuradas, permitiéndote volver a empezar con una base limpia.
En El Financiador te acompañamos desde el primer análisis hasta la resolución judicial, ocupándonos de todos los trámites y gestiones.
Nuestro equipo de expertos en derecho concursal y financiación personal se encarga de:
Trabajamos para que el proceso sea ágil, seguro y transparente, evitando errores que puedan retrasar o impedir tu exoneración.
Empezar de cero es un derecho, no un privilegio.
Si estás atrapado en una situación de deudas que no puedes pagar, la ley te protege y en El Financiador te ayudamos a hacerla valer.
Con nuestro acompañamiento profesional podrás liberarte de tus deudas, proteger tus bienes y recuperar la tranquilidad que mereces.
“Una segunda oportunidad no se pide, se construye. Nosotros te ayudamos a hacerlo posible.”
¿Qué es exactamente la EPI?
La EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho) es el mecanismo que permite cancelar total o parcialmente tus deudas cuando ya no puedes pagarlas, siempre que cumplas los requisitos de buena fe establecidos por la ley.
¿Cuáles son los requisitos para acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad?
- Ser persona física (particular o autónomo).
- Estar en situación de insolvencia.
- No haber solicitado una exoneración en los últimos 5 años.
- No haber cometido delitos económicos.
- Colaborar con el juzgado y actuar con transparencia.
¿Puedo conservar mi vivienda habitual si me acojo a la ley?
Sí, en muchos casos. Si optas por la modalidad con plan de pagos, puedes conservar tu vivienda y seguir pagando una cuota ajustada a tu capacidad económica.
¿Qué deudas se pueden cancelar con la EPI?
Casi todas: préstamos personales, tarjetas, microcréditos, avales, deudas con Hacienda o Seguridad Social (en parte) y créditos bancarios. En algunos casos, las deudas públicas pueden incluirse parcialmente.
¿Cuánto tarda el proceso?
Depende del caso, pero suele durar entre 6 y 12 meses, dependiendo de si se incluye liquidación o plan de pagos. Durante ese tiempo, los embargos y ejecuciones se suspenden.
¿Qué pasa después de conseguir la exoneración?
El juez dicta una resolución que cancela tus deudas definitivamente y te permite volver a empezar con una base limpia. A partir de ahí, puedes reconstruir tu economía sin que las deudas anteriores te persigan.
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