Ley de Segunda Oportunidad

La Ley de Segunda Oportunidad es un procedimiento legal diseñado para que personas físicas, autónomos y pequeños empresarios que no pueden pagar sus deudas puedan empezar de nuevo.

Mediante este mecanismo, se puede obtener la EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho), es decir, la cancelación total o parcial de las deudas que no se han podido abonar.
Su objetivo es claro: ofrecer una segunda oportunidad real, liberando al deudor de la presión económica y permitiéndole reconstruir su vida sin cargas del pasado.

¿Quién puede acogerse?

Pueden beneficiarse de la EPI las personas que cumplan las siguientes condiciones:

  • Ser persona física, ya sea particular, autónomo o empresario
  • Estar en una situación de insolvencia actual o inminente, es decir, no poder hacer frente de forma regular a las obligaciones de pago.
  • Actuar de buena fe, lo que implica:
    • No haber sido condenado por delitos económicos (como falsedad documental, insolvencia punible, blanqueo o delitos contra la Hacienda Pública o la Seguridad Social).
    • Ser deudor de buena fe, es decir, ser una persona que, ante una situación de insolvencia, ha actuado de forma honesta, transparente y sin intenciones fraudulentas. Es aquel que ha intentado cumplir sus obligaciones, no ha ocultado bienes y ha colaborado con el proceso, siendo este un requisito fundamental para poder acceder a beneficios como la Ley de Segunda Oportunidad
    • No haberse beneficiado de otra exoneración en los últimos 5 años (plazo actualizado según la reforma concursal de 2022).

El proceso puede realizarse de dos maneras:

  • Con liquidación del patrimonio, cuando el deudor entrega sus bienes para saldar lo que pueda.
  • Sin liquidación, a través de un plan de pagos de hasta 5 años, en el que se conserva la vivienda o activos esenciales.

Cómo funciona el proceso

Estudio inicial gratuito

Analizamos tu caso sin compromiso para verificar si cumples los requisitos y determinar cuál es la vía más adecuada: liquidación o plan de pagos.

Preparación del expediente

Reunimos toda la documentación necesaria (listado de deudas, contratos, ingresos, bienes, etc.) y elaboramos la solicitud para presentar ante el juzgado.

Tramitación judicial

Nuestro equipo jurídico presenta la petición ante el juzgado mercantil correspondiente y solicita la suspensión de embargos y ejecuciones mientras se resuelve el proceso.

Concesión de la exoneración (EPI)

Una vez el juez concede la EPI, tus deudas quedan legalmente canceladas o reestructuradas, permitiéndote volver a empezar con una base limpia.

Ventajas de acogerse

Cancelación total o parcial de las deudas personales o empresariales.

Suspensión inmediata de embargos y ejecuciones al iniciar el procedimiento.

Posibilidad de conservar la vivienda habitual, si se opta por el plan de pagos.

Reinicio financiero y legal puedes volver a operar, contratar servicios o acceder a financiación sin el peso de las deudas pasadas.

Qué hacemos desde El Financiador

En El Financiador te acompañamos desde el primer análisis hasta la resolución judicial, ocupándonos de todos los trámites y gestiones.

Nuestro equipo de expertos en derecho concursal y financiación personal se encarga de:

  • Analizar tu caso con total confidencialidad.
  • Elaborar toda la documentación legal y financiera necesaria.
  • Representarte ante el juzgado mercantil correspondiente.
  • Explicarte cada paso con un lenguaje claro, sin tecnicismos ni letra pequeña.

Trabajamos para que el proceso sea ágil, seguro y transparente, evitando errores que puedan retrasar o impedir tu exoneración.

Empezar de cero es un derecho, no un privilegio.

Si estás atrapado en una situación de deudas que no puedes pagar, la ley te protege y en El Financiador te ayudamos a hacerla valer.
Con nuestro acompañamiento profesional podrás liberarte de tus deudas, proteger tus bienes y recuperar la tranquilidad que mereces.

“Una segunda oportunidad no se pide, se construye. Nosotros te ayudamos a hacerlo posible.”

Preguntas frecuentes

¿Qué es exactamente la EPI?

La EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho) es el mecanismo que permite cancelar total o parcialmente tus deudas cuando ya no puedes pagarlas, siempre que cumplas los requisitos de buena fe establecidos por la ley.

¿Cuáles son los requisitos para acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad?

- Ser persona física (particular o autónomo).
- Estar en situación de insolvencia.
- No haber solicitado una exoneración en los últimos 5 años.
- No haber cometido delitos económicos.
- Colaborar con el juzgado y actuar con transparencia.

¿Puedo conservar mi vivienda habitual si me acojo a la ley?

Sí, en muchos casos. Si optas por la modalidad con plan de pagos, puedes conservar tu vivienda y seguir pagando una cuota ajustada a tu capacidad económica.

¿Qué deudas se pueden cancelar con la EPI?

Casi todas: préstamos personales, tarjetas, microcréditos, avales, deudas con Hacienda o Seguridad Social (en parte) y créditos bancarios. En algunos casos, las deudas públicas pueden incluirse parcialmente.

¿Cuánto tarda el proceso?

Depende del caso, pero suele durar entre 6 y 12 meses, dependiendo de si se incluye liquidación o plan de pagos. Durante ese tiempo, los embargos y ejecuciones se suspenden.

¿Qué pasa después de conseguir la exoneración?

El juez dicta una resolución que cancela tus deudas definitivamente y te permite volver a empezar con una base limpia. A partir de ahí, puedes reconstruir tu economía sin que las deudas anteriores te persigan.

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